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Resultados
Concurso Nacional de Video Día Mundial
del Derecho de Autor
La
Dirección Nacional de Derecho de Autor
y Microsoft Colombia, se permiten informar
que el ganador del I CONCURSO NACIONAL
DE VIDEO CONMEMORATIVO AL DÍA MUNDIAL
DEL DERECHO DE AUTOR fue el enviado
por el concursante Edgar Samuel Ortiz de la
ciudad de Bogotá, titulado “Protege
tus ideas, protege tus derechos”, así
como el ganador del II CONCURSO NACIONAL
DE DIBUJO CONMEMORATIVO AL DÍA MUNDIAL
DEL DERECHO DE AUTOR es el niño
Daniel Mateo Cipagauta Caicedo del municipio
de Envigado- Antioquia.
Ambos
concursantes han sido ganadores de un Xbox
360 de 4 GB con Kinect, que incluye consola,
sensor Kinect y dos juegos.
El
premio será entregado el próximo
23 de abril, Día mundial del Derecho
de Autor a la 1:00 p.m. en el marco de la
25ª Feria Internacional del Libro de
Bogotá.
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Boletín
Informativo
Radicado proyecto que crea la Defensoría
del Artista y el Usuario
Bogotá, 21 de marzo de
2012. El Ministro del Interior,
Germán Vargas Lleras, radicó
ante la Secretaría de la Cámara
de Representantes el proyecto de ley que busca
reformar la gestión del derecho de
autor y derechos conexos.
El
jefe de la cartera política explicó
que debido a los continuos reclamos que realizan
los artistas, músicos y compositores,
se incorporó en esta iniciativa la
creación de la Defensoría del
Artista y del Usuario: "ésta será
una nueva instancia para solucionar las quejas
que se presenten en contra de las sociedades,
tanto por parte de sus socios como de la propia
ciudadanía".
El
Ministro Vargas Lleras aclaró que este
proyecto no tiene nada que ver, ni revive
en ninguna de sus partes la mal llamada “ley
Lleras” y dijo, además, que esta iniciativa
no incluye medidas para controlar a los operadores
de las redes sociales.
“Este
proyecto está dedicado exclusivamente
a proteger los derechos de autor, su relación
con las sociedades de gestión y con
quienes están obligados a cancelar
derechos por el uso que se hace de la obra
artística”, dijo el Ministro del Interior.
Así
mismo, Vargas Lleras señaló
que la iniciativa contempla que las asociaciones
de gestión colectiva (instancias que
gestionan el cobro y el pago de los derechos
de autor) deban publicar un catálogo
con todas las obras que administren, esto
con el fin de que usuarios, establecimientos,
comerciantes, empresarios y demás cuenten
con la información de las obras y licencias
por las cuales están pagando derechos
de autor.
El
Ministro del Interior resaltó que este
proyecto incluye mecanismos alternativos de
solución de controversias como Conciliación
y Arbitraje, para resolver los conflictos
de las sociedades de gestión colectiva
con sus asociados y usuarios. Además,
actualiza el régimen sancionatorio
y se incrementa el monto de las sanciones
aplicables a la sociedad y sus directivos,
en caso de malos manejos.
Como
respaldo a esta iniciativa, acompañaron
al Ministro Germán Vargas Lleras a
radicar este proyecto artistas como: Galy
Galeano, Geovanny Ayala, Manuel Jose Chávez,
Aura Helena Prada, Nicolas Uribe, Manuel Narváez
y el maestro de Jazz, Oscar Acevedo, entre
otros.
“La
transparencia para nosotros es la mejor opción
para obtener nuestros recursos como interpretes
y como compositores. Acá estamos apoyando
al Ministro Vargas Lleras y vamos a respaldar
este proyecto porque nos beneficia a nosotros
los artistas”, manifestó el cantante
de música popular, Giovanny Ayala.
Implementación
del TLC y derechos de autor nada tienen que
ver con la mal llamada “ley Lleras”
Bogotá,
Marzo 21 de 2012.
El Ministro del interior, Germán Vargas
Lleras, aclara que en ningún momento
los últimos proyectos de ley radicados
en el Congreso de la República sobre
derechos de autor e implementación
del TLC con Estados Unidos, regulan la responsabilidad
de los proveedores de servicios de internet.
La aclaración la hace Vargas Lleras
con el propósito de despejar dudas
sobre los alcances de dichos proyectos y para
evitar malos entendidos o comparaciones, que
no vienen al caso, con la mal llamada “ley
Lleras”.
El
Proyecto de implementación del TLC
busca poner a tono la legislación de
Colombia con los compromisos y estándares
internacionales existentes en derecho de autor,
mientras que la mal llamada “ley Lleras” buscaba
retirar material infractor de derechos de
autor de los sistemas informáticos
y regular la responsabilidad de los proveedores
de servicios de internet (ISP). El Proyecto
de implementación del TLC no incorpora,
ni siquiera tangencialmente, ninguno de estos
temas.
En
igual sentido, la denominada “ley Lleras”
pretendía penalizar los usos comerciales
infractores de obras protegidas por el derecho
de autor en Internet, mientras que el proyecto
de implementación del TLC, no toca
el tema. Por el contrario, en materia penal
menciona la infracción de medidas tecnológicas
de protección, las cuales ya existen
en el ordenamiento jurídico, pero se
hacen más benévolas para usuarios.
También
es importante anotar que la llamada “ley Lleras”
no contemplaba limitaciones y excepciones
a los derechos de autor, mientras que el proyecto
de Implementación del TLC sí
contiene limitaciones a las medidas tecnológicas
de protección en beneficio de los usuarios.
Finalmente, el proyecto de ley radicado hoy
en el Congreso pretende regular integralmente
las sociedades de gestión colectiva,
aspecto que tampoco tiene relación
alguna con la mencionada “ley Lleras”.
“Este
proyecto está dedicado exclusivamente
a proteger los derechos de autor, su relación
con las sociedades de gestión y con
quienes están obligados a cancelar
derechos por el uso que se hace de la obra
artística”, puntualizó el Ministro
del Interior.
Transparencia
y eficiencia deben ser ejes rectores en pago
de derechos de autor
Bogotá,
13 de marzo de 2012.- Ante los
más de 150 asistentes al Seminario
“La Gestión Colectiva del Derecho de
Autor y los Derechos Conexos”, que se realizó
en la Universidad de los Andes, el Ministro
del Interior, Germán Vargas Lleras,
hizo un enérgico llamado a las sociedades
de gestión colectiva de Derecho de
Autor, en el sentido de que adopten reglas
claras para con los autores y los usuarios,
y erradiquen, en caso de existir, todo tipo
de prácticas discriminatorias y tarifas
abusivas.
“Nada
hace más daño al sistema del
Derecho de Autor, y a la gestión colectiva
como medio de recaudo, que la falta de transparencia
y eficiencia; que los usuarios no confíen
en la destinación de sus pagos y, hago
énfasis, que los mismos autores no
tengan claridad acerca de la administración
y posterior reparto de estos recursos”, sostuvo
el jefe de la cartera política durante
este encuentro académico.
En
este sentido, Vargas Lleras enfatizó
en la necesidad de que las sociedades de Derecho
de Autor adopten reglas de juego claras en
relación con el recaudo, la administración
y la distribución de los derechos,
y que garanticen la participación de
todos los socios en la toma de decisiones.
En
el Seminario organizado por la Dirección
Nacional de Derecho de Autor, la Universidad
de los Andes y la Organización Mundial
de la Propiedad Intelectual, el Ministro del
Interior resaltó, también, las
acciones que su cartera ha emprendido en torno
a la optimización de la labor de las
sociedades de gestión colectiva, entre
las cuales se destacan la capacitación
de más de 8000 personas, entre estudiantes,
empresarios y emprendedores de diferentes
industrias, y las 15 auditorías a las
5 sociedades de gestión colectiva que
actualmente cuentan con autorización
de funcionamiento en el país.
“Como
podrán advertir, este Ministerio ha
sido, es, y seguirá siendo un firme
defensor de los autores en Colombia, así
como de todos aquellos que, legalmente, hacen
uso de sus obras. El valor de la creatividad
no merece menos de parte de un Gobierno, que
respeta la inventiva y que ha hecho, con acciones
concretas y también muy buenos resultados,
todo por promoverla”, concluyó.
BOLETÍN
DE PRENSA 006 DE 2012
SEMINARIO
INTERNACIONAL:
LA GESTIÓN COLECTIVA DEL DERECHO DE
AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS
Bogotá, Febrero 8 de 2012.
Los próximos 12 y 13 de marzo, expertos
nacionales e internacionales se reunirán
para hablar sobre los principales retos y
problemáticas de la gestión
Colectiva de los Derechos de Autor y los Derechos
Conexos en Colombia y Latinoamérica.
Este
evento organizado por la Dirección
Nacional de Derecho de Autor, entidad adscrita
al Ministerio del Interior, la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual –OMPI
y la Universidad de los Andes, donde se tendrá
lugar en un horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.,
no tendrá ningún costo.
Su
objetivo principal será debatir los
principales retos y problemáticas de
las Sociedades de Gestión Colectiva
en Latinoamérica, así como su
importancia para el desarrollo del derecho
de autor y los derechos conexos.
Los asistentes podrán contar con la
participación de un grupo de expertos
internacionales y nacionales de primer nivel,
quienes analizaran y debatirán temas
como:
- Distintos
sistemas de supervisión estatal a
las Sociedades Gestión Colectiva
-
Las Sociedades de Gestión Colectiva
– Buenas prácticas de gestión
-
Acuerdos de representación recíproca
entre Sociedades de Gestión Colectiva
-
Presentación de los resultados de
la Comisión Interdisciplinaria para
la Revisión del marco Jurídico
de las Sociedades de Gestión Colectiva
en Colombia
- Fijación
de tarifas por parte de las Sociedades de
Gestión Colectiva
-
Solución de controversias en la gestión
colectiva. (SGC- Usuario) (SGC – Asociado)
Mayores informes: Unidad de Divulgación
y Prensa, (1) 3418177 ext. 147- 114, Correo
electrónico: capacitación@derechodeautor.gov.co
BOLETÍN
DE PRENSA 05 DE 2012
LA ORGANIZACIÓN
SAYCO – ACINPRO RECAUDARÁ LOS PAGOS
POR DERECHOS DE AUTOR MIENTRAS DURA LA SUSPENSIÓN
A SAYCO
Bogotá,
Enero 31 de 2012. La Dirección
Nacional de Derecho de Autor informa a la
opinión pública las orientaciones
que se deben tener presente para cumplir con
los pagos por concepto de derecho de autor
durante el mes que dura la suspensión
de la personería jurídica y
la autorización de funcionamiento de
la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia
(SAYCO):
1. Mediante Resolución 014 del 19 de
enero de 2012, la Oficina Asesora Jurídica
de la Dirección Nacional de Derecho
de Autor, sancionó a la Sociedad de
Autores y Compositores de Colombia (SAYCO)
con multa de cincuenta (50) salarios mínimos
legales mensuales vigentes y suspensión
de la personería jurídica y
la autorización de funcionamiento por
el término de un (1) mes.
2. En tanto SAYCO no interpuso recursos en
vía gubernativa en contra de la Resolución
014 del 19 de enero de 2012, dicho acto administrativo
queda en firme a partir de hoy 30 de enero
de 2012 a las 5:30 p.m.
3. En virtud de lo anterior, a partir del
31 de enero de 2012 y hasta el 29 de febrero
de 2012, SAYCO no podrá gestionar los
derechos de sus asociados.
4. Los derechos de los autores compositores
y demás titulares afiliados a SAYCO
no deben afectarse por la suspensión
de la personería jurídica y
la autorización de funcionamiento de
SAYCO.
5. La Dirección Nacional de Derecho
de Autor, mediante Resolución
021 designó a la entidad
recaudadora “Organización Sayco Acinpro
(OSA)” para que desde el 31 de enero de 2012
y hasta el 29 de febrero de 2012, realice
el recaudo de las remuneraciones derivadas
de los derechos que gestiona directamente
la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia
(SAYCO).
6. Los empresarios y organizadores de espectáculos
públicos, tales como conciertos, carnavales,
festivales, ferias y reinados, entre otros,
así como los responsables de organismos
de radiodifusión y ciudadanos que requieran
acreditar pagos por concepto de derecho de
autor ante autoridades administrativas, lo
podrán hacer con el comprobante expedido
para el efecto por la “Organización
Sayco - Acinpro (OSA)”.
7. De igual forma, las autoridades administrativas
encargadas de verificar el cumplimiento de
las obligaciones relativas al respeto por
el derecho de autor lo podrán hacer
con el comprobante expedido por la Organización
Sayco - Acinpro.
Mayores informes: Oficina Asesora Jurídica
de la Dirección Nacional de Derecho
de Autor, teléfono: 3418177 ext. 119,
correo electrónico: info@derechodeautor.gov.co
COMUNICADO
DE PRENSA 004 DE 2012
¿CÓMO
SE DEBE CUMPLIR CON LOS DERECHOS DE AUTOR
MIENTRAS DURA LA SUSPENSIÓN DE SAYCO?
Bogotá,
Enero 23 de 2012.
La Dirección Nacional de Derecho de
Autor se permite informar a la opinión
pública sobre los efectos de la suspensión
de la personería jurídica y
la autorización de funcionamiento de
la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia
(SAYCO):
1.
Mediante Resolución No. 14 de 2012,
la Oficina Asesora Jurídica de la Dirección
Nacional de Derecho de Autor sancionó
a la Sociedad de Autores y Compositores de
Colombia (SAYCO) con multa de cincuenta (50)
salarios mínimos legales mensuales
vigentes y suspensión de la personería
jurídica y la autorización de
funcionamiento por el término de un
(1) mes.
2. La suspensión de la personería
jurídica y la autorización de
funcionamiento de SAYCO, implica que esta
sociedad no podrá gestionar los derechos
de sus asociados, incluyendo actividades de
recaudo y distribución, durante el
término de un (1) mes.
3. El término de suspensión
de un (1) mes solamente se iniciará
una vez quede en firme la Resolución
No. 14 de 2012. La Dirección Nacional
de Derecho de Autor informará al público
una vez la Resolución se encuentre
en firme.
4. Los derechos de autor de los autores, compositores
y demás titulares vinculados a SAYCO,
no deben verse afectados con dicha Resolución.
5.
Hasta tanto la Resolución No. 14 de
2012 quede en firme, los empresarios, comerciantes,
usuarios y demás personas que deban
cumplir con la obligación de obtener
autorización y pagar la remuneración
correspondiente para usar el repertorio de
obras que representa SAYCO, pueden seguir
haciéndolo directamente con esta sociedad.
6. Una vez se encuentre en firme la Resolución
No. 14 de 2012, la Dirección Nacional
de Derecho de Autor designará a la
entidad que se encargará de realizar
el recaudo de los dineros que deben pagar
los diferentes usuarios para utilizar las
obras de los compositores afiliados a SAYCO
durante el mes que dure la suspensión.
7. La suspensión de la personería
jurídica y la autorización de
funcionamiento impuesta a SAYCO no implica
la suspensión de la personería
jurídica o de la autorización
de funcionamiento de la entidad recaudadora
“Organización SAYCO ACINPRO”. Por consiguiente,
los propietarios o responsables de establecimientos
de comercio donde se comunique públicamente
música pueden seguir obteniendo los
comprobantes de pago a través de esta
entidad.
Mayores informes: Natalia Arias, Jefe
de Prensa, Dirección Nacional de Derecho
de Autor, teléfono:3418177.
BOLETÍN
DE PRENSA 003 DE 2012
SUSPENDIDA PERSONERÍA JURÍDICA
Y LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO A SAYCO
Bogotá,
Enero 19 de 2012. La suspensión de
la personería jurídica por término
de un mes y una multa de 50 salarios mínimos
legales vigentes, la máxima penalidad
permitida por la ley, son parte de las sanciones
que le fueron impuestas a la Sociedad de Autores
y Compositores de Colombia –SAYCO, tras la
investigación que adelantó la
Dirección Nacional de Derecho de Autor
desde el 8 de noviembre de 2011.
Esta determinación es el resultado
de la indagación ordenada por el Ministro
del Interior, Germán Vargas Lleras,
tras conocer las más de 400 denuncias
en contra de Sayco.
De
esta forma, el Ministerio del Interior, por
medio de la Dirección Nacional de Derecho
de Autor, hace público el resultado
de las indagaciones efectuadas sobre el caso
Sayco, dando cumplimiento al compromiso adquirido
por el Ministro Germán Vargas Lleras
en la audiencia pública realizada el
22 de noviembre con compositores, músicos
y empresarios, y en donde dijo que daría
resultados antes de finalizar enero de este
año.
1.
RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN:
Se le imputaron un total de 21 cargos a SAYCO,
de los cuales se demostraron plenamente 16
y se archivaron 5 por razones de procedimientos,
los más relevantes:
• Inoperancia de los órganos de la
Sociedad (Consejo Directivo, Comité
de Vigilancia, gerente General y Revisor Fiscal).
• Extralimitaciones del anterior Gerente General,
Jairo Ruge, en el ejercicio de su cargo (contratación
irregular, ocultamiento de información
al Consejo Directivo, inobservancia de mandatos
de la Asamblea General y del Consejo Directivo,
manejo inadecuado de la planta de personal).
• Comportamiento inapropiado en las instalaciones
de Sayco del anterior Gerente General.
• Inexistencia de reglas claras en relación
con el recaudo de los derechos (no publicación
de tarifas aplicables a los usuarios y tarifas
desactualizadas).
• Inexistencia de reglas claras en la distribución
de los derechos.
• Falta de transparencia en la gestión
de la sociedad (no publicación del
balance general y de los estados financieros).
2. SANCIONES:
La
Dirección Nacional de Derecho de Autor,
ordena las siguientes sanciones para la Sociedad
de Autores y Compositores de Colombia –SAYCO:
•
Suspensión de la personería
jurídica de SAYCO por un término
de un (1) mes, dentro del cual deberán
adelantarse las reformas estructurales de
la sociedad.
•
Imponer la máxima multa permitida por
la ley, consistente 50 en salarios mínimos
legales vigentes, que equivalen a $28.335.000
(28 millones 335 mil pesos).
•
Se exhorta a los asociados para que analicen
la viabilidad de ejercer acciones de repetición
en contra de los administradores.
•
Se compulsan copias a la Fiscalía para
que investigue la supuesta comisión
de delitos (posiblemente administración
desleal, contemplada en el Estatuto Anticorrupción,
y alteración de planillas).
•
Se compulsan copias a la Junta Nacional de
Contadores para que investigue al Revisor
Fiscal de SAYCO.
3. RECOMENDACIONES:
SAYCO
debe proceder de inmediato a:
A.
La elección de un nuevo Gerente General
con todas las calidades profesionales y éticas.
B.
La renovación de los miembros del Consejo
Directivo y del Comité de Vigilancia.
C.
La remoción del Revisor Fiscal
D.
La designación de un nuevo Revisor
Fiscal independiente y competente, preferiblemente
una empresa con amplia trayectoria en auditoría
fiscal.
E.
Realizar una reforma estructural de los estatutos
sociales de manera que:
-
Se garantice la participación de los
asociados en las Asambleas Generales y las
decisiones que se tomen en su lugar. Eliminar
el sistema de Asambleas Delegatarias.
-
Se garantice la imparcialidad y transparencia
en los órganos de administración.
-
Se ejerza un control permanente sobre las
actuaciones del Gerente General y demás
órganos de administración.
-
Se establezcan mecanismos de solución
de controversias ágiles y efectivos
entre la sociedad y sus asociados.
F.
Se adopten las medidas para garantizar la
transparencia en la distribución de
los dineros recaudados. Implementar soluciones
de orden tecnológico para tal fin.
G.
Se expida y publique un listado de tarifas
con el fin de darle transparencia a la gestión
de cobro y recaudo frente a quienes hacen
uso de las obras.
Es
importante mencionar que se lideró
en el Congreso de la República la aprobación
de la Ley 1493 de 2011 (denominada Ley de
Espectáculos Públicos) por medio
de la cual:
Se le confieren importantes herramientas de
inspección, vigilancia y control a
la Dirección Nacional de Derecho de
Autor. Entre las facultades se establece,
por primera vez, la posibilidad de tomar control
y sancionar económicamente a los directivos.
Mayores informes: Natalia Arias, Jefe
de Prensa, Dirección Nacional de Derecho
de Autor, teléfono:3418177.
COMUNICADO
N° 002 de 2012
EN UN SOLO PASO SE PODRÁN PAGAR LOS
DERECHOS DE AUTOR
Bogotá,
Enero 13 de 2012. El Decreto Antitrámites
sancionado esta semana por el Presidente de
la República, Juan Manuel Santos, creó
una ventanilla única en materia de
derecho de autor que le permitirá a
cualquier ciudadano que pretenda operar un
establecimiento de comercio, cumplir en un
solo paso con el requisito de acreditar el
pago de los derechos de autor.
Esta
modificación es una respuesta a las
múltiples quejas de la ciudadanía
y contribuirá, no solo con agilidad
en el trámite de pago, sino que a su
vez brindará seguridad jurídica
para los comerciantes de todo el país
ya que el pago efectuado en la ventanilla
única generará la presunción
a favor del comerciante o empresario del cumplimiento
del requisito de pago de derechos de autor
para operar su establecimiento de comercio.
El Decreto también es claro en establecer
que los titulares de derecho de autor que
no pertenezcan a una sociedad colectiva también
podrán hacer parte de la ventanilla
única, lo que también garantiza
plenamente la gestión individual de
derechos de autor, en cumplimiento de la jurisprudencia
de la Corte Constitucional sobre la materia.
Asimismo se debe tener presente que mientras
entre en funcionamiento la ventanilla única
recaudadora, las licencias y pagos se obtendrán
y realizaran a través de las entidades
recaudadoras constituidas conforme lo dispone
el artículo 27 de la Ley 44 de 1993,
las Sociedades de Gestión Colectiva,
las Asociaciones de Titulares y los Titulares
Individuales, según corresponda.
En
el evento de que se constituya una sociedad
de gestión colectiva para el manejo
de la ventanilla única, ésta
deberá iniciar su funcionamiento a
más tardar el primero (1) de enero
de 2013 y estará sujeta a la inspección
y vigilancia de la Dirección Nacional
de Derecho de Autor de conformidad con los
artículos 53 a 63 del Decreto 3942
del 2010.
La
sociedad que se constituya para el manejo
de la ventanilla única recaudadora
acordará la lista de tarifas para vigencias
anuales con los gremios, las asociaciones
de usuarios legalmente constituidas o los
particulares y la entidad recaudadora deberá
publicar en un diario de amplia circulación
nacional y en su página web, el listado
de tarifas anuales a más tardar el
1 de febrero de cada año.
Mayores informes: Natalia Arias, Jefe
de Prensa, teléfono: (1)3418177 ext.132,
prensa@derechodeautor.gov.co
COMUNICADO
N° 001 de 2012
REMISIÓN
DE INFORMES DE SOFTWARE VIGENCIA 2011
La
Dirección Nacional de Derecho de Autor
informa a los Representantes Legales y Jefes
de Oficinas de Control Interno o a quienes
hagan sus veces, en las Entidades u Organismos
Públicos del Orden Nacional y Territorial
que:
1. De conformidad con la Circular No. 017
del 1 de junio de 2011 y lo ordenado por las
Directivas Presidenciales 01 de 1999 y 02
de 2002, el Consejo Asesor del Gobierno Nacional
en materia de Control Interno de las Entidades
del Orden Nacional y Territorial y la Circular
No. 04 del 22 de Diciembre de 2006, los Representantes
Legales y Jefes de Control Interno de las
Entidades deben presentar el informe relacionado
con la “Verificación, recomendaciones
y resultados sobre el cumplimiento de las
normas en materia de derecho de autor sobre
Software”.
La
mencionada Circular No. 04 del 22 de Diciembre
de 2006 estableció que: “La
Dirección Nacional de Derecho de Autor
establecerá el procedimiento para el
recibo, administración y custodia de
esta información”.
2.
De acuerdo con lo anterior es deber reportar
la información sobre la utilización
del software, a través del aplicativo
aquí disponible en la página
www.derechodeautor.gov.co
o haciendo clic en el siguiente
vínculo.
3.
La información deberá ser ingresada
por el Jefe de Control Interno de cada entidad
a más tardar el viernes
16 de marzo de 2012 antes de
las 5:00 p.m., día
y hora en el cual se deshabilitará
dicho aplicativo. Los informes que sean enviados
por otro medio distinto a este aplicativo,
no serán tenidos en cuenta.
Bogotá,
D.C., 03 de enero de 2012
BOLETÍN
DE PRENSA
INSTALADA COMISIÓN INTERDISCIPLINARIA
PARA EVALUAR PROBLEMÁTICA DE LA GESTIÓN
COLECTIVA EN COLOMBIA
Bogotá, Diciembre 1 de 2011. Esta Comisión
Interdisciplinaria, fue instalada formalmente
y tuvo su primera sesión de trabajo
esta mañana.
Como
parte de las estrategias del Gobierno para
hacerle frente a la problemática por
la que atraviesa la Gestión Colectiva
en Colombia, el Señor Ministro del
Interior, Germán Vargas Lleras, le
solicitó a la Dirección Nacional
de Derecho de Autor -DNDA, entidad adscrita
a esta cartera, proceder a la conformación
inmediata de una Comisión Interdisciplinaria
para la revisión del marco jurídico
de las Sociedades de Gestión Colectiva,
con el fin de evaluar la conveniencia de modificar
el régimen legal aplicable a la gestión
de derechos de autor y derechos conexos y,
de ser el caso, proponer el alcance de lo
que sería un eventual Proyecto de Ley
sobre la materia.
Esta
Comisión fue conformada el lunes 28
de noviembre, mediante la Resolución
No. 341 de 2011 y está integrada por:
1. Un (1) representante de la Sociedad de
Autores y Compositores de Colombia -SAYCO-.
2. Un (1) representante de la Asociación
Colombiana de Intérpretes y Productores
Fonográficos -ACINPRO-.
3. Un (1) representante de la Entidad de Gestión
Colectiva de Derechos de los Productores Audiovisuales
-EGEDA COLOMBIA-.
4. Un (1) representante del Centro Colombiano
de Derechos Reprográficos -CEDER-.
5. Un (1) representante de la Sociedad Colombiana
de Gestión -ACTORES-.
6. Cuatro (4) representantes de los autores
y compositores.
7. Un (1) representante de la Confederación
Internacional de Autores y Compositores -CISAC-.
8. Un (1) representante de la Asociación
Colombiana de Editores Musicales -ACODEM-.
9. Un (1) representante del Consejo Gremial.
10. Un (1) representante de la Federación
Nacional de Comerciantes –FENALCO-.
11. Un (1) representante de la Asociación
Hotelera y Turística de Colombia –COTELCO-.
12. Un (1) representante de la Asociación
Nacional de Medios de Comunicación
–ASOMEDIOS-.
13. Un (1) representante de los empresarios
de conciertos.
14. Un (1) representante de la Universidad
del Rosario.
15. Un (1) representante de la Universidad
Externado de Colombia.
16. Un (1) representante de la Universidad
Javeriana.
17. Un (1) representante del Centro Colombiano
del Derecho de Autor –CECOLDA-.
18. Un (1) Experto independiente.
También
son miembros de la Comisión por derecho
propio, el Ministro del Interior o su delegado,
el Secretario Jurídico de la Presidencia
de la República o su delegado y el
Director Nacional de Derecho de Autor.
El señor Andrés Espinosa como
experto independiente, fue la persona escogida
para presidir esta comisión y su secretaría
técnica quedó a cargo de la
Universidad Externado de Colombia.
Las conclusiones de esta Comisión deberán
ser presentadas a comienzos de febrero de
2012 y trazarán la hoja de ruta para
tomar las medidas tendientes a lograr un modelo
de gestión de los derechos de autor
de los creadores colombianos, mucho más
transparente, eficaz y eficiente, garantizando
paralelamente un equilibrio con los derechos
de los usuarios.
Mayores informes: Natalia
Arias Puerta, Jefe de Prensa, Dirección
Nacional de Derecho de Autor. Teléfono
(1)3418177 ext. 132, Correo Electrónico:
prensa@derechodeautor.gov.co
Seminario
Internacional: la Propiedad Intelectual "Una
herramienta para promover y proteger las artesanías"
El evento se realizará 12 y 13 de diciembre
de 2011, en el marco de la feria Expoartesanías
que se llevará a cabo en el Centro
Internacional de Negocios y Exposiciones -
Corferias, en la ciudad de Bogotá.
El
objetivo del seminario es el de mostrar a
los artesanos y asistentes cómo los
derechos de propiedad intelectual ayudan a
fortalecer y proteger las artesanías,
para esto el evento contará con la
asistencia de expertos internacionales y artesanos
representantes de la denominación de
origen “Chulucanas” de Perú y las marcas
colectivas de Michoacán en México.
Por Colombia se conocerán las experiencias
en la Marca Colectiva de “La Chamba” y de
la denominación de Origen” Café
de Colombia”.
El
evento también contará con la
participación de entes nacionales colombianos
como la Superintendencia de Industria y Comercio-SIC,
la Dirección Nacional de Derecho de
Autor-DNDA y el Ministerio de Cultura, además
de expertos y artesanos colombianos y de países
latinoamericanos quienes expondrán
sus experiencias en los temas de propiedad
intelectual. Se contará con el acompañamiento
de la Organización de los Estados Americanos-OEA
Este seminario se realiza como parte de las
acciones del proyecto "Implementación
de los derechos de propiedad intelectual de
las artesanías emblemáticas
de Colombia" con el apoyo del Ministerio
de Comercio, Industria y Comercio-MCIT, USAID
“Facilitando Comercio”, el proyecto “Asistencia
Técnica al Comercio en Colombia” con
recursos de la Unión Europea.
Programación
Durante
el evento se realizarán tres paneles:
“El papel de la propiedad intelectual en la
protección y promoción de las
industrias creativas: artesanías en
Colombia”, “Experiencia internacional de propiedad
intelectual aplicada al sector artesanal”,
“Experiencia local de propiedad intelectual”
Durante el cierre del evento, la Superintendencia
de Industria y Comercio- SIC hará entrega
de trece (13) signos distintivos a las comunidades
artesanales en trámite entre las que
se encuentran productos tales como la Tejeduría
Wayuú, el Sombrero Aguadeño,
la Cerámica de Carmen de Viboral y
la Filigrana de Mompox, entre otros.
Para
conocer toda la programación del seminario
Propiedad Intelectual "Una herramienta
para promover y proteger las artesanías"
lo invitamos a visitar el portal de Artesanías
de Colombia www.artesaniasdecolombia.com.co
Ver
programa
Inscripciones
La
entrada al evento no tiene ningún costo;
sin embargo, es importante que realice una
inscripción previa, ya que el cupo
es limitado, en el formulario virtual que
podrá encontrar en el portal de la
Entidad.
Mayor
información
Alexander Parra
Subgerencia de Desarrollo
Artesanías de Colombia
Bogotá D.C., Colombia
Dirección: carrera 2 No. 18A-58
Teléfono: (57) (1) 2861766 Ext. 222
Correo electrónico:
aparra@artesaniasdecolombia.com.co
El
Ministro del Interior escuchó a los
compositores sobre el caso SAYCO
•
En audiencia pública con el Ministro
participaron artistas como: Totó La
Momposina, Darío Gómez, Peter
Manjarrés, Giovanny Ayala y el Checo
Acosta Bogotá, 22 de noviembre de 2011.
Durante cerca de cuatro horas de diálogo
abierto y directo, el Ministro del Interior,
Germán Vargas Lleras, escuchó,
una a una, las inquietudes y denuncias que
más de 100 artistas, compositores y
empresarios, tenían sobre la Sociedad
de Autores y Compositores –Sayco-, entidad
que está siendo investigada por la
Dirección de Derecho de Autor, adscrita
a esta cartera.
El
Ministro invitó a los artistas y compositores
a elaborar, conjuntamente, un proyecto de
ley que reglamente las regalías que
reciben por sus obras, para ser llevado al
Congreso de la República en marzo del
año entrante.
“Hemos ofrecido hoy iniciar un proceso
de concertación para llevar al Congreso
de la República una iniciativa legal
que clarifique para cada sector el porcentaje
que le corresponde, cuáles son sus
derechos, cuál es la base de recaudo
y bajo qué tarifas, porque actualmente
muchos de estos aspectos son discrecionales
y eso es lo que ha generado mucha controversia”,
explicó el Ministro del Interior.
Varios compositores, como Carlos Agüera
y Miguel de Narváez reclamaron por
un mejor y más transparente manejo
de los recursos que administra Sayco.
“Es indispensable una nueva reglamentación
en materia de tarifas y recaudos, porque es
importante que se esclarezcan las maneras
como se distribuye el dinero, y prevenir así
la malversación de los recursos”,
advirtió Carlos Agüera. A esta
audiencia asistieron artistas como Peter Manjarrés,
Ómar Geles, Darío Gómez,
Rafael Ricardo, Totó La Momposina,
Rafael Ricardo Barrios, Juan Gabriel Turbay,
El Checo Acosta, Giovanny Ayala y Miguel de
Narváez; así mismo, concurrieron
representantes y familiares de músicos
y compositores como Luz María Zambrano,
viuda del maestro Rafael Escalona; Armando
Galán representante y heredero de Pacho
Galán. Igualmente participaron empresarios
como Ricardo Leyva e Iván Villazón,
entre otros.
Aunque en la audiencia hubo voces que pidieron
acabar con Sayco, y otras que reclamaron su
permanencia, todos los presentes coincidieron
en que las investigaciones por supuestos malos
manejos de esta sociedad de autores y compositores
deben entregar resultados, incluso con la
cárcel si se comprueban dichas irregularidades,
“porque no debemos permitir que la música
y las artes se vuelvan la prostituta de un
país que se llama Colombia”,
enfatizó Totó La Momposina.
A nombre del Gobierno Nacional, y aparte del
Ministro Vargas Lleras, en la audiencia estuvieron
presentes el viceministro de Relaciones Políticas,
Aurelio Iragorri; el Director de la Oficina
de Derecho de Autor, Felipe García
Pineda; lo mismo que el secretario Privado
del despacho del Ministro, Germán Córdoba,
y los abogados encargados de llevar a cabo
la auditoría sobre las actuaciones
de Sayco.
Coordinación
Unidad de Divulgación y Prensa
E-mail: Prensa@derechodeautor.gov.co
Se
posesionó el nuevo Director General
de la Dirección Nacional de Derecho
de Autor de Colombia
Este
martes, el abogado Felipe García Pineda,
tomó posesión como nuevo Director
General de la Dirección Nacional de
Derecho de Autor.
El
nuevo funcionario es abogado de la Universidad
Externado de Colombia, especializado en Propiedad
Intelectual, Derecho de Autor y Nuevas Tecnologías
de la misma institución, así
como en Derecho Comercial de la Universidad
Javeriana. Tiene un LLM en Competition
Law de la Queen Mary School - University of
London y un máster en Asesoría
Jurídica de Empresas del Instituto
de Empresa Business School.
El doctor García ha trabajado como
asesor del Superintendente de Industria y
Comercio y del Superintendente Delegado para
la Protección de la Competencia, como
paralegal en la oficina con sede en Londres
Speechly Bircham y como abogado de
las firmas Robledo Abogados y Prieto Carrizosa,
obteniendo una amplia experiencia en el campo
de la Propiedad Intelectual. Antes de su posesión,
se desempeñaba como asesor del Viceministro
de Promoción de la Justicia, Pablo
Felipe Robledo.
El
nuevo Director de Derecho de Autor también
ha sido profesor de derecho de los negocios
y contratos internacionales en la Universidad
Externado de Colombia y contribuyó
como editor asistente de las ediciones de
2008 y 2009 de la publicación Global
Antitrust Review.
AVISO
DE NOTIFICACIÓN
La
Dirección Nacional de Derecho de Autor
se permite informar a los usuarios que a la
fecha reposan documentos de solicitudes radicadas
por ustedes. Las cuales luego de hacer un
análisis de la documentación
aportada fueron devueltas por diversas razones
y que a la fecha no han sido reclamados.
De
acuerdo con lo expresado, señor usuario
solicitamos se acerquen a nuestras oficinas
y reclame personalmente o si lo prefiere,
puede cancelar el valor del envío en
la oficina de Servientrega – Efecty,
convenio de derecho de autor código
13803. Si una vez transcurridos 3 meses a
partir de la fecha de fijación del
presente aviso no han sido reclamados los
documentos o no se ha realizado su pago procederemos
a destruir los documentos acorde con lo establecido
en la Resolución 303 del 2010 artículo
vigésimo sexto el cual establece el
tiempo de conservación de la documentación
no registrada así:
“Toda
aquella documentación, que pasados
dos (2) años después de la fecha
de expedición de la comunicación
notificando que el proceso de registro no
fue exitoso, y que no sea recogida por el
solicitante será destruida físicamente.
Si
la solicitud de registro fue efectuada a través
de Internet, la información enviada
será borrada de los repositorios electrónicos
de la DNDA.
Únicamente
quedará constancia de las actuaciones
administrativas, que dieron lugar a la devolución
o rechazo de la solicitud”.
Dado
en Bogotá D.C, 3 días del mes
de noviembre de 2011.
Cordialmente,
OSCAR
EDUARDO SALAZAR ROJAS
Jefe de la Oficina de Registro
Ver
relación de devoluciones
SE
INAUGURA AULA DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN
EL PAÍS
Bogotá,
Octubre 20 de 2011
Con el fin de promover el Sistema de Propiedad
Intelectual y fomentar la innovación
en el país, la Dirección Nacional
de Derecho de Autor (DNDA) y la Superintendencia
de Industria y Comercio (SIC) han juntado
esfuerzos para lanzar, con el apoyo de la
Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual(OMPI), el primer centro de formación
especializada en la materia.
Es posible afirmar que el Aula de Propiedad
Intelectual (API), cuyo lanzamiento se realizará
este viernes 21 de octubre, es el instrumento
más novedoso y efectivo para la difusión
del sistema de propiedad Intelectual en el
país, pues ésta no sólo
dará a conocer las ventajas que ofrece
el proteger una invención o signo distintivo,
una obra artística o literaria, sino
que proporcionará a los colombianos
las herramientas necesarias para proteger
sus creaciones e invenciones. Es así
como el Aula ofrecerá a los colombianos
cursos de capacitación en temas generales
como "Fundamentos de la Propiedad Intelectual",
entre otros.
Mayores informes: Oficina de Prensa, Dirección
Nacional de Derecho de Autor, (1)3418177 ext.
132. Correo: Prensa@derechodeautor.gov.co.
SIMPOSIO
SOBRE “LA RESPONSABILIDAD POR LAS INFRACCIONES
AL DERECHO DE AUTOR Y LOS DERECHOS CONEXOS
EN INTERNET”
El
jueves 20 de octubre, la Honorable Sala Administrativa
del Consejo Superior de la Judicatura, a través
de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”,
la Dirección Nacional de Derecho de
Autor y la Universidad Sergio Arboleda, realizaran
el Simposio “La Responsabilidad por las infracciones
al Derecho de Autor y los Derechos conexos
en Internet”, dirigido especialmente a Magistrados,
Jueces y empleados de la Rama Judicial.
En
el espacio académico se debatirá
a profundidad el Proyecto de Ley No. 241 de
2011 del Senado, que clarifica la responsabilidad
de los prestadores de servicios de Internet
por las actividades que los usuarios de este
medio realizan en el mismo y que pueden ser
infractoras de derechos a terceros.
Así
mismo se desarrollarán los siguientes
temas:
1. La experiencia Internacional para la protección
de los derechos de autor en internet.
2.
Aspectos a tener en cuenta en la comprensión
de Internet. Fenómenos Técnicos
con consecuencias jurídicas.
3.
La responsabilidad de los proveedores de servicios
de Internet en los EE.UU; la experiencia de
la Digital Milenium Copyright Act de 1998.
4.
Explicación del proyecto de ley 241
por el cual se quiere regular la responsabilidad
de los proveedores de servicios de Internet
por infracciones al derecho de autor.
5.
La responsabilidad Civil en Colombia y la
Responsabilidad de los Proveedores de Servicio
en Internet.
El evento es de carácter gratuito y
tendrá como lugar las instalaciones
de la Universidad Sergio Arboleda, Edificio
Prime Business School, Salón 501 (Calle
75 # 14 – 29), entre las 8:30 a.m. y la 1:00
p.m.
Mayores informes:
Unidad de Divulgación y Prensa, Dirección
Nacional de Derecho de Autor, (1)3418177 ext.
132, prensa@derechodeautor.gov.co
LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE
AUTOR SUSCRIBE CONVENIO CON ARTESANÍAS
DE COLOMBIA
Bogotá
, Octubre 7 de 2011. La Dirección
Nacional de Derecho de Autor entidad adscrita
al Ministerio de Interior ha suscrito un convenio
de cooperación interinstitucional con
Artesanías de Colombia, con el objetivo
de unir esfuerzos institucionales para promover
una cultura de protección y respeto
al derecho de autor y los derechos conexos,
y de esta manera contribuir en forma permanente,
a su plena vigencia, en el ámbito de
la creación artesanal.
Otra
de las acciones programadas dentro del convenio
es la de brindar el servicio de asesoría
personalizada a los artesanos durante el evento
internacional “La Propiedad Intelectual: una
herramienta para proteger y promover las Artesanías”
a realizarse en Corferias el 12 y 13 de diciembre
del presente año.
El
convenio suscrito tiene una duración
inicial de dos (2) años y será
dinamizado en un comité de trabajo
permanente para lograr una capacitación
y asesoría de trabajo conjunto para
los funcionarios de cada entidad y los artesanos
en general.
Mayores informes:
Unidad
de Divulgación y Prensa, Dirección
Nacional de Derecho de Autor, (1)3418177 ext.
132, prensa@derechodeautor.gov.co
Boletín
Informativo
El
Ministro Vargas Lleras rendirá cuentas
a los Colombianos
Bogotá, 21 de septiembre de 2011.-
El próximo lunes 26 de septiembre,
el Ministro del Interior, Germán Vargas
Lleras, rendirá cuentas de su gestión
al frente del Ministerio del Interior y de
Justicia, durante el período comprendido
entre el 7 de agosto de 2010 y el 10 de agosto
de 2011.
El acto público comenzará a
las 5:00 pm en el estudio 5 de Radio Televisión
Nacional de Colombia, RTVC, y tendrá
transmisión en vivo y en directo por
el Canal Institucional.
En este evento, Vargas Lleras entregará
un pormenorizado balance de su gestión
como Ministro del Interior y de Justicia,
lo mismo que las ejecutorias de las entidades
adscritas y todas las dependencias de esa
escindida cartera, como el Instituto Nacional
Penitenciario y Carcelario, INPEC; la Superintendencia
de Notariado y Registro, la Dirección
Nacional de Derecho de Autor, la Dirección
Nacional de Estupefacientes, la Corporación
Nasa Kiwe y la Imprenta Nacional. Así
mismo, se informarán los avances y
retos de las políticas, programas y
compromisos adquiridos por la actual administración.
Cabe recordar que con la escisión del
Ministerio del Interior y de Justicia, el
Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos
les cumplió a los colombianos con su
propósito de volver a crear el Ministerio
de Justicia, al hacer uso de las facultades
extraordinarias que, para reformar la estructura
central de la administración nacional,
le concedió el Congreso de la República.
Los ciudadanos que quieran participar en la
rendición de cuentas del Ministro Vargas
Lleras podrán enviar sus preguntas
al correo electrónico rendiciondecuentas@mij.gov.co
o llamar a la línea nacional gratuita
01 8000 111 945 y en Bogotá al 2 20
08 18.
Informe
de gestión
BOLETÍN
DE PRENSA
Con
la participación de expertos internacionales
se abre otro espacio académico para
socializar el proyecto de ley 241 que busca
regular las infracciones al derecho de autor
en internet
Bogotá,
26 de agosto de 2011.
El próximo 7 de septiembre, la Dirección
Nacional de Derecho de Autor y la Fundación
Rafael Escalona con el apoyo de las empresas
Brigard & Urrutia y Yimup, realizarán
el Seminario: Perspectivas internacionales
de la protección al derecho de autor
en internet”, con el objetivo de seguir socializando
entre la ciudadanía, el proyecto de
ley 241 que busca regular las infracciones
al derecho de autor en internet.
El evento que tendrá como lugar el
Edificio del Congreso de la República,
Auditorio Luis Guillermo Vélez (Cr
7 N° 8-68, Bogotá), contará
con la participación de expertos internacionales
que nos darán a conocer desde su experiencia,
la aplicación de las leyes DMCA de
los EEUU, la ley Chilena y las leyes Europeas
como la Hadopi de Francia y la Sinde de España.
El seminario no tendrá ningún
costo y las inscripciones ya se encuentran
abiertas en la página web www.derechodeautor.gov.co.
Los temas que serán abordados en la
mañana académica que irá
de 7:30 a 1:00 p.m., son:
•
Explicación del proyecto de ley 241
por el cual se quiere regular la responsabilidad
de los proveedores de servicios de internet
por infracciones al derecho de autor. Conferencista:
Juan Carlos Monroy Rodríguez, Director
General, Dirección Nacional de Derecho
de Autor, Colombia.
• La Digital Millenium Copyright Act (DMCA),
su contenido, los beneficios que ofrece a
los autores y titulares para proteger sus
derechos, las implicaciones para los proveedores
de servicio de Internet y usuarios. Conferencista:
James Gibson, Facultad de Derecho de la Universidad
de Richmond, fundador y director del Instituto
de la Propiedad Intelectual de la misma Universidad,
Estados Unidos.
• La experiencia europea para la protección
de los derechos de autor en Internet y como
funciona en este momento. Conferencista: Shira
Perlmutter, Experta en leyes Europeas sobre
regulación a los derechos de autor
en internet.
•
La experiencia Chilena como resultado de la
Ley de propiedad intelectual aprobada en el
año 2010 y la experiencia Argentina.
Conferencista: Carlos Guillermo Ocampo, Director
General de la Sociedad Argentina de Autores
y compositores de música - SADAIC,
Argentina.
• Panel Rafael Escalona: Sobre proyecto de
Ley que regulará las infracciones al
derecho de autor en Internet. Conferencistas:
Pablo Velasco, Consultor especializado en
temas de Propiedad Intelectual, Industrial
y derecho de la sociedad de la información,
Colombia. Andrés Umaña, Abogado
de la firma Brigard & Urrutia. Luz María
Zambrano, Fundación Rafael Escalona.
Bernardo Franco, Gerente de Yimup.
Mayores Informes: Dirección
Nacional de Derecho de Autor: (1) 3418177
ext. 114, correo electrónico: capacitacion@derechodeautor.gov.co.
BOLETÍN
DE PRENSA
El
Ministerio del Interior y el Senado de la
República se unen para pasar de una
democracia representativa a una democracia
participativa
Bogotá, 8 de Agosto de 2011.-
El martes 9 de Agosto, se realizará
el relanzamiento de la plataforma virtual
www.democraciaenlinea.co, el sitio oficial
donde Senadores y Gobierno Nacional podrán
construir de la mano con los colombianos,
el proyecto de ley que regulará los
derechos de autor en internet.
El
Senado de la República, el Ministerio
del Interior y la Dirección Nacional
de Derecho de Autor, suman esfuerzos para
continuar abriendo espacios de socialización
que permitan discutir y construir con los
colombianos, el proyecto de ley 241 “Por el
cual se regulará las infracciones al
derecho de autor y los derechos conexos en
internet”. Es así como a partir del
martes 9 de agosto, se relanzará la
plataforma virtual www.democraciaenlinea.co
, a través de la cual los Senadores
tendrán una participación activa,
teniendo la posibilidad de recibir de primera
mano, las sugerencias y críticas a
dicho proyecto de ley que tanta controversia
ha causado entre los usuarios de la red.
El
Ministro Germán Vargas Lleras aprovechó
el relanzamiento de este sitio para reiterarle
a los ciudadanos que “Este proyecto de ley
busca garantizar el respeto y reconocimiento
al trabajo de todos los autores y artistas
de nuestro país en un escenario virtual”
y también recordó que “Con esta
ley no se pretende sancionar a los usuarios
de la red, se pretende sancionar a quienes
publican y comercializan contenidos en internet
de los cuales derivan un lucro, se enriquecen
con un trabajo que no es el suyo”.
En
las redes sociales esta iniciativa legislativa
ha sido bautizada como la “Ley Lleras”, haciendo
referencia a la Ley Sinde de España,
la cual adquirió su nombre del segundo
apellido de la Ministra de Cultura, Ángeles
González-Sinde. Pero el proyecto de
ley colombiano en nada se parece a la Ley
Española, ni a la Francesa, en nuestro
país no se crea una entidad que vigile
internet, se busca es un mecanismo de cooperación
entre los Proveedores de Servicio de Internet
y los titulares de derecho de autor (autores
y artistas), para que los segundos comuniquen
a los primeros las infracciones que se observan
en internet, sin que tengan la obligación
de monitorear la ocurrencia de infracciones
o bajar el contenido si no lo desean. Las
descargas del material infractor no pueden
afectar otros contenidos legítimos,
y los cierres de cuentas de usuarios solo
los puede ordenar un juez.
Por
efectos metodológicos, el texto del
proyecto será dividido en 4 partes
para facilitar su comprensión y discusión
dentro de la plataforma virtual:
• Definiciones
• Exoneraciones de responsabilidad
• Procedimiento de detección y retiro
de contenidos
• Medidas cautelares y el tipo penal
“A
través de este sitio web www.democraciaenlinea.co,
los colombianos podrán hacernos llegar
sus proposiciones o comentarios al proyecto
de ley que regulará los derechos de
autor en internet. Los ponentes del proyecto
quedamos comprometidos en visitar la página
frecuentemente y recoger las propuestas y
observaciones, las cuales serán leídas
y analizadas todos los viernes por los Senadores
Ponentes y sus equipos de trabajo legislativo”.
Afirmó el Senador Juan Manuel Galán.
Se
espera que a través de este mecanismo
de participación ciudadana, se reciban
un gran porcentaje de observaciones a este
proyecto de ley, pero según lo aclaró
el Senador Luis Carlos Avellaneda “Si
bien todas las opiniones, propuestas e inquietudes
serán tenidas en cuenta y por lo tanto
analizadas y estudiadas, este espacio de socialización
no compromete las decisiones de los senadores,
ni implica que todas las observaciones sean
llevadas como proposiciones a los diferentes
debates”.
El Senador Roy Barreras, coordinador de ponentes
de la iniciativa legislativa, también
reiteró que "Mientras que esta
agenda legislativa se va desarrollando y por
ser este un tema técnico que ha despertado
gran interés en la opinión pública,
seguiremos abriendo espacios que nos permitan
discutir y construir un mejor proyecto de
ley que sea efectivo a la hora de velar por
los derechos de los autores, sin violar derechos
fundamentales de los usuarios de internet
como la libertad de expresión, o de
información”.
PRINCIPALES
PUNTOS QUE CONTEMPLA ESTE PROYECTO SON:
•
Otorgar competencia a las autoridades judiciales
para la práctica de medidas cautelares
o procesos de conocimiento, cuando a través
del mecanismo de autorregulación no
se logre el retiro del material infractor,
es decir, publicado en Internet sin la autorización
del titular de derechos;
•
Garantizar al público usuario de la
red, que los contenidos publicados sólo
podrán ser retirados cuando en el contrato
entre el proveedor de servicios y el usuario
establezca esa posibilidad, y el usuario respectivo
conozca y acepte esas condiciones de uso o
servicio;
•
Garantizar a quienes publican contenidos en
la red, cuando uno de tales contenidos son
bloqueados a instancias del mecanismo de autorregulación,
que podrán obtener el restablecimiento
de tal contenido mediante una comunicación
privada dirigida al proveedor de servicios;
•
Así mismo, garantiza a los usuarios
que publican contenidos en la red, que solamente
por orden judicial un proveedor de servicios
podrá entregar a terceros sus datos
personales, a efectos de que dichos terceros
puedan instaurar demandas por la eventual
infracción a los derechos de autor;
•
No se podrán bloquear páginas
web completas, solo contenidos específicos
debidamente identificados como infractores
al derecho de autor.
•
Se agrega un literal al artículo 271
del Código Penal, por medio del cual
solo se castiga la puesta a disposición
en Internet, de obras con fines comerciales
en redes informáticas, sin el permiso
de los titulares.
PLIEGO
DE MODIFICACIONES AL PROYECTO DE LEY No. 241
de 2011
RADICADA
LA PONENCIA DEL PROYECTO DE LEY QUE REGULA
LOS DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET
Bogotá,
8 de junio de 2011.-
El Senador Roy Barreras, coordinador de ponentes
de la iniciativa legislativa, presentó
la ponencia del proyecto de ley 241 que busca
regular las infracciones al derecho de autor
en internet y comentó que "Esta
es una ponencia cuyo propósito es garantizar
los derechos de autor y los derechos de los
usuarios de internet”
Como ya lo había aclarado el Ministro
Vargas en diferentes ocasiones, “Este es un
proyecto en el cual no habrá censuras
y no se violará la libertad de información",
según lo ratificó el Senador
Barreras en el momento de radicar la ponencia.
"Una de las modificaciones más
importantes que contempla el proyecto es el
cambio de denominación de prestadores
de los servicios de internet por proveedores
de servicios de internet como Google, Telmex,
ETB, Telefónica, etc, para estar acorde
con las definiciones tecnológicas de
la ley 1341 de 2009 y las resoluciones de
MinTICS", declaró el ponente.
También se modificó el artículo
2 que establecía una responsabilidad
civil, penal y administrativa, y en cambio
se estableció que quien viole normas
en internet, será sancionado únicamente
por la autoridad judicial competente y que
tanto el retiro o inhabilitación de
contenidos, como el cierre de las cuentas,
obedecerá a la gravedad de la infracción.
El
primer debate de este proyecto será
el próximo martes 14 de junio a las
10:00 a.m. en la Comisión Primera de
la Cámara.
Lo
que sigue…
A
partir de ahora, el proyecto será analizado
por los miembros de la Comisión Primera
del Senado (primer debate), quienes apoyados
en los ponentes, definirán cada uno
de los artículos para luego concretar
un texto que será sometido en la
plenaria del Senado (segundo debate). De la
decisión en la plenaria depende que
el proyecto siga su trámite en la Cámara
de Representantes, en la cual tendrá
que realizar el mismo recorrido por la Comisión
Primera de la Institución (tercer debate)
para luego llegar a su segunda plenaria (cuarto
debate). Así, las dos Cámaras
tendrán que conciliar un texto que
será el definitivo para que el Gobierno
sancione la norma como una nueva ley colombiana.
Principales puntos de este proyecto
de ley:
• No se crean nuevas causales de responsabilidad
civil penal y administrativa para Proveedor
de servicios de Internet, ISP, y usuarios.
• Crea mecanismos de cooperación entre
los titulares y los ISP, frente a infracciones
a sus derechos cometidas en internet.
• Los ISP no tienen la obligación de
supervisar los datos que transmitan, almacenen
o refieran.
• Los ISP no tienen la obligación de
realizar búsquedas de hechos o circunstancias
que indiquen actividades ilícitas.
• Se delimita la responsabilidad de los ISP,
frente a infracciones al derecho de autor
o conexos cometidos por terceros.
• El retiro del material infractor por parte
de los ISP es facultativo, a menos que una
autoridad judicial disponga lo contrario.
• No se podrán bloquear páginas
web completas, solo contenidos específicos
debidamente identificados como infractores
al derecho de autor.
• Obliga a los ISP a informar la causa de
los retiros, y restaurarlos en caso que exista
algún tipo de discrepancia.
• Impone a los jueces la obligación
de utilizar criterios de razonabilidad a la
hora de decretar medidas cautelares.
•
Limita a los jueces para que cuando ordenen
una medida cautelar o el bloqueo definitivo
de algún material, no afecte los contenidos
puestos a disposición legítimamente
por los usuarios.
• Solo se castiga la puesta a disposición
de obras con fines comerciales en redes informáticas,
sin el permiso de los titulares.
• No regula el intercambio de archivos entre
usuarios en redes P2P.
• Consagra obligaciones del Estado Colombiano
en los TLC firmados con Estados Unidos y la
Unión Europea.
Mayores
informes:
Natalia
Arias Puerta
Coordinadora Unidad de Divulgación
y Prensa
UAE- Dirección Nacional de Derecho
de Autor
E-mail: Prensa@derechodeautor.gov.co
Sitio web: www.derechodeautor.gov.co
PBX: (1)3418177 ext. 132. Fax: 2860813
Calle 28 N° 13A- 15 Piso 17
Bogotá- Colombia
Colombia
baja índice de piratería de
software a 54%
Colombia
con más bajo índice de piratería
en América Latina
De
acuerdo con el estudio Global Software Piracy
2010, Colombia se encuentra con uno de los
índices de piratería de software
más bajo de América Latina (54%),
gracias a los esfuerzos realizados con las
autoridades y empresarios colombianos.
Colombia.
19 de Mayo, 2011 – De acuerdo al
más representativo estudio global de
piratería de software, realizado por
la Business Software Alliance (BSA) e International
Data Corporation (IDC), Colombia en el 2010
llegó a bajar un punto el índice
de piratería de software con respecto
al año anterior, gracias a diferentes
actividades educativas y acciones que se han
desarrollado con las autoridades competentes
y sector empresarial colombiano.
Por
otra parte, este estudio, que evalúa
el estado de piratería de programas
en todo el mundo y el valor comercial de software
sin licencia instalado en computadoras personales,
reveló que en el 2010, Colombia alcanzó
un récord de US272 millones de pérdidas,
ya que 54% de los programas utilizados durante
el año fue pirateado.
Bajo
este panorama, Colombia se encuentra con el
mismo índice de piratería que
Brasil (54%), siendo estos dos países
los más bajos de América Latina.
Durante los últimos 5 años,
Colombia ha ido bajando su índice lentamente,
pasando en el 2006 de un 59% a un 54% en el
2010.
“Estos
descubrimientos muestran que mientras se ha
logrado cierto progreso en la reducción
de la tasa de piratería del software
en el país, a través de acciones
clave, todavía hay mucho trabajo por
hacer”, aseguró Katalina Rojas, apoderada
de los miembros y representante legal de Business
Software Alliance (BSA) en Colombia. “Mientras
más reduzcamos la piratería
de software, mejor será para la economía
de Colombia”, concluyó.
Durante
el 2010, la BSA ha trabajado coordinadamente
a nivel nacional, con las autoridades y gobiernos
para permitir de esta forma una especialización
de los equipos responsables del cumplimiento
de las Leyes de Propiedad Intelectual, así
como también trabajar con ellos en
la actualización de sus conocimientos
con respecto a licenciamiento, medidas de
seguridad y nuevos productos del sector. Aunque
el rol de BSA es principalmente educativo
(campañas, entrenamientos, charlas,
etc), en algunos casos en donde existen conductas
que abiertamente violan los Derechos de Autor,
asistida por el legítimo derecho que
le da las legislaciones nacionales vigentes
y los tratados internacionales, realiza acciones
legales con la ayuda de las autoridades competentes.
Éste
es el octavo estudio global realizado por
BSA en conjunto con IDC, usando una metodología
que incorpora datos de 116 países y
regiones de todo el mundo. Así mismo,
el estudio de este año también
incluye una nueva dimensión: una encuesta
de opinión pública de usuarios
de computadoras sobre actitudes y conductas
sociales claves relacionadas con la piratería
de programas, conducida por Ipsos Public Affairs.
La
encuesta de opinión descubrió
un gran apoyo hacia los derechos de propiedad
intelectual a nivel nacional, así como
encontró que se reconoce ampliamente
que los programas con licencia son mejores
que los pirateados por su seguridad y confiabilidad.
Así
mismo vale la pena resaltar que seguido de
Colombia, se ubican países de Latinoamérica
como México (58%), Costa Rica (58%),
Chile (62%), Ecuador (67%) y Perú (68%).
Sin embargo el país de la región
que tiene un índice mayor a los demás
es Venezuela con un 88% de piratería
de software.
“Es
importante que los usuarios tengan muy presente
como con el uso ilegal del software afecta
gravemente la economía local de cada
país, la generación de nuevos
empleos, la innovación y creatividad
de quienes han desarrollado su trabajo honradamente,
con esfuerzo, tiempo y conocimiento”, asegura
Katalian Rojas.
Una
mirada a nivel mundial:
•
El valor comercial de programas robados en
América Latina alcanzó US7.030
millones. Globalmente, el valor del robo de
programas creció a un monto récord
de $58,754 millones de dólares, casi
el doble que cuando comenzó el estudio
en 2003.
• La mitad de los 116 estudios regionales
en 2010 tuvieron tasas de piratería
del 62% o mayores, con una tasa de piratería
mundial del 42%.
• Las economías emergentes se han transformado
en fuerzas de conducción de la piratería
del software. Hace tan sólo seis años,
el valor comercial del software para PC que
se pirateaba en las economías emergentes
representaba menos de un tercio del total
mundial. El año pasado, representó
más de la mitad - US$31.900 millones
de dólares.
• Los países con los más altos
índices de piratería en el 2010
a nivel mundial son Georgia (93%), Zimbawe
(91%)Bangladesh (90%), Moldavia (90%) y Yemen
(90%).
• Finalmente los continentes con la más
alta piratería de software fueron Europa
Central y Oriental (64%) y América
Latina (64%).
“El
estudio de hoy muestra que mientras la piratería
continúa amenazando la economía
mundial, la gente comprende claramente y aprecia
el valor de la propiedad intelectual, especialmente
su rol en la conducción del crecimiento
económico”, dijo Robert Holleyman,
presidente y CEO (Chief Executive Officer)
de BSA. “Este informe muestra claramente la
importancia de educar a las empresas, servidores
gubernamentales, y usuarios finales sobre
el riesgo del robo de programas – y lo que
ellos pueden hacer para detenerlo".
Sobre
el Estudio
El
Estudio de Piratería de Software a
Nivel Mundial Realizado por BSA en 2010 cubre
la piratería de todo los programas
usados en computadoras, incluyendo computadoras
de escritorio, portátiles, y ultra
portátiles, incluyendo netbooks. Esto
incluye sistemas operativos, programas de
sistemas, como bases de datos y paquetes de
seguridad, y programas de aplicaciones, con
programas gratuitos legítimos y programas
libres cubiertos por el rango del estudio.
Algo
nuevo este año es que BSA, por medio
de Ipsos Public Affairs, entrevistó
más de 15,000 negocios y usuarios y
consumidores de computadoras con la finalidad
de lograr mayor entendimiento de actitudes
sociales claves y conductas relacionadas con
la propiedad intelectual y el uso de programas
con licencia comparado con el uso sin licencia.
Las encuestas fueron conducidas, en línea
o en persona, en 32 mercados que forman una
muestra representativa mundial de regiones,
niveles de sofisticación de TI, y diversidad
cultural.
Para
mayores detalles sobre la metodología
y una copia del estudio completo, visite www.bsa.org/globalstudy.
Acerca de Business Software Alliance
(BSA):
Business Software Alliance (www.bsa.org) es
una de las organizaciones más importantes
dedicada a la promoción de un mundo
digital seguro y legal. La BSA es la voz de
la industria del software comercial y sus
socios de la industria del hardware ante los
gobiernos y en el mercado internacional. Sus
miembros representan una de las industrias
con más rápido crecimiento en
el mundo.
Los
programas de la BSA estimulan la innovación
tecnológica mediante iniciativas de
educación y políticas públicas
que promueven la protección de los
derechos de autor, la seguridad informática,
el comercio internacional y electrónico.
Los miembros de la BSA en Latinoamérica
incluyen a Adobe, Apple, Audaces, Autodesk,
Bentley Systems, CNC/Mastercam, Corel, Dassault
Systèmes SolidWorks Corporation, Graphisoft,
Microsoft, Minitab, PTC, Progress Software,
Quest Software, Siemens, Symantec, Tekla y
The MathWorks.
Para
mayor información contactar con:
Margarita Alfaro (margarita.alfaro@axoncomunicacion.biz)
Lorena Ramírez (lorena.ramirez@axoncomunicacion.biz)
Vicente Pardo (vicente.pardo@axoncomunicacion.biz)
Teléfono:
+57 (1) 2362108
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Public Affairs, visite www.ipsos.com
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