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Decretos

Con la expedición y vigencia del Decreto Reglamentario Único del Sector Interior, No. 1066 del 26 de mayo de 2015 (artículos 1.2.1.3, 2.6.1.1.1 y siguientes) expedido por el señor Presidente de la República, fueron compiladas en el mismo, en lo que a la Dirección Nacional de Derecho de Autor se refiere, los Decretos Reglamentarios 1360 de 1989, 460 de 1995, 3942 de 2010 y 1258 de 2012, los cuales, a partir de la vigencia de dicho Decreto Reglamentario Único, quedaron derogados.

El Decreto Reglamentario Único del Sector Interior No. 1066 de 2015, compiló los Decretos Reglamentarios números 1360 de 1989 y 460 de 1995 (Inscripción de soporte lógico (software) y el Registro Nacional del Derecho de Autor, respectivamente), 3942 de 2010 y 1258 de 2012 (Gestión Colectiva del Derecho de Autor y facultades de Inspección, Vigilancia y Control de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, respectivamente).

Con esta compilación, quedaron derogados los decretos reglamentarios 1360 de 1989, 460 de 1995, 3942 de 2010 y 1258 de 2012.

En consecuencia, a partir del día 26 de mayo de 2015, los trámites relacionados con el Registro de Derecho de Autor, como las actuaciones a cargo de la DNDA en ejercicio de sus facultades legales de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva, se adelantarán con fundamento en lo dispuesto por el Decreto Reglamentario Único No. 1066 de 2015, de este compilado normativo.  

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